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Lleida prohíbe el burka y el niqab en la calle: una decisión que divide a la izquierda y la derecha

Renan Filho Por Renan Filho · 2026-09-25

El Ayuntamiento de Lérida ha aprobado una ordenanza que prohíbe el uso del burka y el niqab en espacios públicos, con los votos a favor del PSC, Junts y Vox. La medida, que entra en vigor en 30 días, busca garantizar la seguridad y la identificación de las personas, pero abre un debate sobre los límites de la libertad religiosa y el papel del municipio en la regulación de la vestimenta.

El pleno del Ayuntamiento de Lérida aprobó este jueves, con 15 votos a favor y 10 en contra, la modificación de la ordenanza de convivencia ciudadana para prohibir el uso de prendas que oculten el rostro, como el burka y el niqab, en la vía pública y en espacios abiertos al público. La iniciativa, presentada por el grupo municipal de Vox y respaldada por los socialistas (PSC) y los independentistas de Junts per Catalunya, ha generado un intenso debate político y social en la ciudad.

Según el comunicado oficial del Ayuntamiento, la medida se fundamenta en la necesidad de “garantizar la seguridad ciudadana, facilitar la identificación de las personas en situaciones de riesgo y promover la integración social”. El concejal de Seguridad, del PSC, declaró a la prensa local que “no se trata de perseguir ninguna religión, sino de aplicar un principio básico de convivencia: todos debemos poder ver el rostro de quien tenemos al lado”. Por su parte, el portavoz de Vox en el consistorio afirmó en redes sociales que “la prohibición del burka es una cuestión de igualdad de género y de defensa de los valores europeos”.

La votación evidenció una curiosa alianza entre partidos tradicionalmente enfrentados. PSC y Junts, que gobiernan en coalición en la Generalitat, sumaron sus votos a Vox para aprobar la ordenanza, mientras que ERC, la CUP y los comunes se opusieron frontalmente. El portavoz de ERC calificó la norma de “autoritaria y discriminatoria” y anunció que recurrirán al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. “No se puede prohibir una prenda religiosa sin una ley estatal que lo ampare”, declaró en una entrevista radiofónica.

¿Por qué importa esta decisión? Porque Lérida se suma a una decena de municipios españoles —como Barcelona, L’Hospitalet, El Vendrell o Premià de Mar— que han regulado el uso del velo integral. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha dictaminado que estas ordenanzas municipales son legales siempre que estén justificadas por razones de seguridad o de orden público, y no por motivos religiosos. La nueva ordenanza de Lérida especifica que la prohibición se aplica en la calle, en parques, en transportes públicos y en cualquier espacio abierto al uso común, con excepciones para espectáculos, carnavales o razones médicas.

Análisis FORTIS: Desde una perspectiva liberal-conservadora, la medida es razonable y necesaria. El Estado tiene la obligación de garantizar la seguridad y la identificación de los ciudadanos en espacios públicos, especialmente en un contexto de amenazas terroristas y de creciente conflictividad social. Prohibir prendas que impiden ver el rostro no es un ataque a la libertad religiosa, sino una aplicación del principio de que los derechos individuales terminan donde empieza la seguridad colectiva. Además, el burka y el niqab son símbolos de una opresión patriarcal que contradice los valores de igualdad de género que defiende cualquier sociedad liberal.

No obstante, FORTIS critica que esta regulación se haga a nivel municipal, creando un mosaico de normas diferentes. Una ley nacional sería más coherente y evitaría la inseguridad jurídica. El Estado español, que gasta mal y tributa demasiado, debería haber aprobado una ley marco hace años, en lugar de dejar que los ayuntamientos —con sus propios recursos y presiones políticas— resuelvan el problema. La inacción del Gobierno central es un ejemplo más de su incapacidad para gestionar temas sensibles con eficiencia.

Contrapunto: Los detractores argumentan que la prohibición vulnera la libertad religiosa y el derecho a la propia imagen, protegidos por la Constitución. También señalan que el uso del velo integral es minoritario en España —según el Instituto Nacional de Estadística, apenas unas 200 mujeres lo usan de forma habitual en todo el país—, por lo que la medida es desproporcionada. Además, advierten que puede estigmatizar a la comunidad musulmana y fomentar la islamofobia. Desde la izquierda más radical, se acusa a los partidos que apoyan la ordenanza de hacer populismo identitario para arañar votos. Sin embargo, los datos muestran que la mayoría de la población apoya este tipo de restricciones: una encuesta del CIS de 2023 reveló que el 72% de los españoles está a favor de prohibir el burka en espacios públicos.

Preguntas frecuentes:

1. ¿La prohibición afecta a todas las prendas que cubren el rostro? No. La ordenanza se limita al burka (velo integral que cubre todo el cuerpo y el rostro con una rejilla) y al niqab (velo que cubre la cabeza y el rostro dejando solo los ojos al descubierto). No afecta al hiyab (pañuelo que cubre el cabello pero deja el rostro visible) ni a otras prendas como pasamontañas o mascarillas sanitarias, que tienen regulaciones específicas.

2. ¿Qué multas se aplicarán? Las sanciones oscilan entre 100 y 750 euros, según la gravedad y la reincidencia. La policía local podrá requerir la retirada de la prenda en el momento, y si la persona se niega, se le podrá imponer una sanción económica. El Ayuntamiento ha anunciado que priorizará la labor pedagógica antes que la punitiva, con campañas informativas dirigidas a la comunidad musulmana.

Renan Filho
Sobre o autor
Renan Filho
Editor-Chefe do FORTIS News

Editor-chefe do FORTIS News. Especialista em tecnologia, inteligencia artificial e mercados financeiros. Criador de fintechs e plataformas digitais que combinam tecnologia, dados e inteligencia artificial para entregar valor real.